
viernes, 29 de mayo de 2020
LA DIPUTADA GIACCONE SE REUNIÓ CON INTEGRANTES DE LA LIGA CAÑADENSE DE FÚTBOL POR EL PROGRAMA RECLUB Y SE CHARLÓ SOBRE LA VUELTA DEL FÚTBOL POSIBLEMENTE PARA FINES DE AGOSTO

martes, 26 de mayo de 2020
MUNICIPALIDAD CAÑADA DE GÒMEZ - CAMINATAS SALUDABLES - REQUISITOS OBLIGATORIOS


jueves, 21 de mayo de 2020
LA COMUNA DE BUSTINZA INFORMA : SALIDAS RECREATIVAS HABILITADAS
SALIDAS RECREATIVAS:
La Comuna informa que el Decreto Provincial D00436/20 publicado en el día de hoy, establece la habilitación de las "salidas recreativas"en nuestra provincia.
Informamos horarios, grupos y recomendaciones.
Respetemos los horarios, respetemonos entre todos.



miércoles, 20 de mayo de 2020
EL BINGO MEGA SORTEO INFORMA:
HABILITARON LAS SALIDAS RECREATIVAS - LA PROVINCIA HABILITÓ LAS SALIDAS RECREATIVAS, SALVO ROSARIO Y SANTA FE

viernes, 15 de mayo de 2020
INFORMACION DE LA LIGA CAÑADENSE- PALABRAS DE LUIS LUQUE "TENEMOS MUCHA FE QUE EN 40 DIAS ESTARÍAMOS ENTRENANDO"








jueves, 14 de mayo de 2020
EL CAÑADENSE - ALEXIS FERRERO SERÁ EL NUEVO DIRECTOR DEPORTIVO DE CENTRAL CORDOBA DE SANTIAGO DEL ESTERO
EL EX DEFENSOR DE SPORT C.C. RIVER Y QUIEN HAYA CONSEGUIDO EL ASCENSO CON EL FERROVIARIO A LA PRIMERA DIVISION ALEXIS FERRERO Y SU NUEVO ROL EN EL FÚTBOL: “ESTUVE HABLANDO CON DOS ENTRENADORES”
¿Quién será el reemplazante de Gustavo Coleoni en el Ferroviario?
Alexis Ferrero, nuevo director deportivo de Central Córdoba de Santiago del Estero, no confirmó quién será el próximo entrenador del Ferroviario. “Estuve hablando con dos técnicos. Ninguno está de baja y tampoco hay uno que pique en punta. Estamos evaluando posibilidades. La idea es buscar a alguien que esté de acuerdo con nuestro presupuesto y expectativas. La decisión final la tomará el presidente”. Además, agregó: “Tenemos ganas de que haya un lineamiento similar en todas las categorías. Siempre queremos que sea por el bien del club”.
Por otra parte, el Cañadense se refirió a la decisión de que no haya descensos en el fútbol argentino. “Central Córdoba salió beneficiado de la pandemia. Lamentablemente la situación llevó a que la AFA tome estas medidas. Para el club es una posibilidad de seguir creciendo. Le quiero dar una imagen más seria a la institución, acomodar los tantos y dar de nuevo”, comentó el excentral de River, entre otros. Para finalizar, sostuvo: “Haber ascendido al final de mi carrera fue algo espectacular que disfruté mucho. No me quedó la espina, pero me hubiese gustado jugar en la Primera División con Central Córdoba”.

HIPERMERCADO BORBOTTI INFORMA QUE DESDE EL MARTES 12 SE RECIBE LA TARJETA ALIMENTAR
miércoles, 13 de mayo de 2020
COVID 19 - EL CASO SOSPECHOSO EN BUSTINZA DIO NEGATIVO - LA COMUNA INFORMA

viernes, 8 de mayo de 2020
EL FÚTBOL LLORA A UN GRANDE - SE NOS FUE EL "TRINCHE" CARLOVICH , ALGUIEN QUE PASÓ POR LAS CANCHAS DE NUESTRA LIGA

Murió el Trinche Carlovich, el ídolo charrúa que fue golpeado
en forma salvaje en un intento de robo
Su estado de salud se agravó esta mañana al
sufrir un aumento de la presión intracraneal.
Fue sometido a una operación, pero no la resistió.

jueves, 7 de mayo de 2020
MIRKO PAGANI EL ORIUNDO DE CORREA : "MI SUEÑO ES DEBUTAR EN PRIMERA PARA DARLE UNA ALEGRÍA A MIS VIEJOS"EL JOVEN ATAJA EN LA RESERVA DEL "HALCÓN" Y YA SE ENTRENÓ CON LA PRIMERA, TANTO CON MARIANO SOSO Y HERNÁN CRESPO AL MANDO.




LA COMUNA DE BUSTINZA INFORMA:
Debe cumplirse obligatoriamente con los protocolos de seguridad e higiene, mantener las distancias correspondientes y utilizar barbijos.
Así mismo se recuerda que los horarios de la actividades permitidas y los horarios de apertura y cierre de comercios siguen siendo los ya establecidos.
Para mayor consulta comunicarse con las oficinas de la Comuna.


miércoles, 6 de mayo de 2020
ATENCION PYMES - CHARLAS SOBRE FINANCIAMIENTO

ESPACIO DE PUBLICIDAD: VENDO 2 CAMPOS EN BUSTINZA
HOY NUEVAS ACTIVIDADES EN SANTA FE

El Decreto Provincial N°382/2020 exceptúa del ASPO y de la prohibición de circular a las personas
afectadas a las actividades y servicios que seguidamente se detallan en los términos que a
continuación se consignan:
REQUISITOS COMUNES A TODAS LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS EXCEPTUADOS:
Deberán cumplimentar con las declaraciones juradas, protocolos sanitarios y de prevención general a
observarse en cada caso según lo disponga el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social,
conforme a lo establecido en su Resolución N° 41/2020 o en las normas particulares que dicte al
efecto.
REQUISITOS ESPECÍFICOS POR ACTIVIDAD O SERVICIO EXCEPTUADO:
1. EJERCICIO DE PROFESIONES LIBERALES, INCLUIDOS MANDATARIOS, CORREDORES
Y MARTILLEROS DEBIDAMENTE MATRICULADOS E INSCRIPTOS
● Disponiendo:
○ la organización de turnos de atención, si correspondiere.
○ modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e
higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio.
● Los desplazamientos de las personas alcanzadas deberán limitarse al estricto cumplimiento de
las actividades profesionales exceptuadas.
● Días y horarios de trabajo: análogos a los establecidos para las entidades bancarias en la
localidad.
● Protocolo de higiene y funcionamiento para la prestación de servicios profesionales:
https://
2. ACTIVIDAD INMOBILIARIA
● Con turno previamente establecido.
● Cumplimentando las medidas de prevención sanitaria y el distanciamiento personal.
● Con ingreso a los locales comerciales exclusivamente en los casos en que fuere indispensable
la concurrencia en virtud de que la operación a realizar no puede concretarse de manera
remota.
● A los fines de visitas a inmuebles:
○ los mismos deberán estar desocupados.
○ solo podrá concurrir un (1) representante de la firma y acompañar a una (1) persona
por vez.
○ cumplimentando el uso de los elementos de protección de nariz, boca y mentón y
guardando el distanciamiento personal.
● Protocolo de higiene y funcionamiento para la prestación de servicios inmobiliarios:
https://
3. MUDANZAS:
● A través de empresas o fletes autorizados para la actividad.
● Exclusivamente dentro de la provincia;
● Resguardando el cumplimiento de las recomendaciones y obligaciones dictadas por las
autoridades sanitarias y el distanciamiento personal.
● Protocolo de higiene y funcionamiento para la prestación de servicios de mudanza:
https://
4. SERVICIOS DE PELUQUERÍA, MANICURÍA, COSMETOLOGÍA Y PODOLOGÍA
● Con turno previo.
● Cumplimentando el uso obligatorio de los elementos de protección de nariz, boca y mentón y
el distanciamiento personal.
● Con no más de dos (2) personas por puesto de trabajo incluido el prestador del servicio.
● Hasta un máximo de ocupación del cincuenta por ciento (50%) de la superficie del salón
habilitado al público.
● Protocolo de higiene y funcionamiento de peluquerías, salones de belleza y anexos:
https://
5. COMERCIO MAYORISTA Y COMERCIO MINORISTA DE VENTA DE MERCADERÍAS
● Cumplimentando:
○ el uso obligatorio de los elementos de protección de nariz, boca y mentón.
○ el distanciamiento social en las filas que se formen y en el interior de los locales
comerciales.
● Días y horarios de trabajo: de lunes a sábado, en los horarios que establezcan las autoridades
municipales o comunales, no pudiendo exceder la hora de cierre de las diecinueve (19) horas.
● En las localidades con más de veinte mil (20.000) habitantes:
○ de lunes a viernes los horarios de funcionamiento del comercio mayorista y minorista
autorizados por las autoridades municipales no podrán coincidir ni superponerse con
los de la actividad bancaria en la localidad.
● Protocolo para comercio mayorista y minorista:
https://
6. ACTIVIDADES DE LAS ASOCIACIONES Y AGENCIAS PARA EL DESARROLLO O
ENTIDADES DE SIMILAR OBJETO
● Exclusivamente a los fines establecidos en el Decreto N° 0355/2020 y regímenes análogos.
● A puertas cerradas.
● Con la dotación mínima de personal necesario.
● Cumplimentando las medidas de prevención sanitarias y el distanciamiento personal.
● Con ingreso a las oficinas de personas ajenas con turno previo en los casos en que fuere
indispensable la concurrencia en virtud de que la operación a realizar no puede concretarse de
manera remota.
AUTORIDADES MUNICIPALES Y COMUNALES
1. Las autoridades municipales y comunales, en concurrencia con las autoridades provinciales
competentes, coordinarán los procedimientos de fiscalización necesarios para garantizar el
cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio, de los protocolos vigentes y de
las normas dispuestas en virtud de la emergencia sanitaria.
2. Las autoridades municipales y comunales quedan facultadas a proponer mayores
restricciones, requisitos y definir modalidades particulares en sus distritos para el desarrollo
de las actividades exceptuadas definidas en el presente, los que deberán ser informados al
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, a los fines de su aprobación.
3. Transcurridas dos (2) semanas de la implementación de las medidas dispuestas para la
actividad de comercio mayorista y minorista, las autoridades municipales y comunales podrán
continuar con la misma modalidad de funcionamiento o proponer otra para su aprobación por
el Poder Ejecutivo Provincial.
lunes, 4 de mayo de 2020
BINGO MEGASORTEO INFORMA:
ATENCION - CAMBIO DE HORARIO - HIPERMERCADO BORBOTTI
